LANOTA.- La libertad de utilizar dispositivos móviles al volante ha llegado a su fin en la Ciudad de México bajo un esquema legal mucho más severo. El Artículo 38 del Reglamento de Tránsito vigente establece de forma estricta que los conductores de vehículos motorizados tienen prohibido manipular teléfonos celulares o cualquier equipo de comunicación mientras la unidad se encuentre en desplazamiento.
RESTRICCIONES TOTALES DURANTE LA CONDUCCIÓN
Con la reciente actualización normativa, queda cancelada cualquier posibilidad de efectuar llamadas, redactar mensajes de texto o navegar en redes sociales mientras se opera un vehículo. La restricción no se limita al teléfono; también se penalizará la manipulación de interfaces de audio, pantallas de entretenimiento o cualquier objeto electrónico que provoque una distracción visual o cognitiva en el operador.
La legislación es tajante al señalar que “toda interacción digital debe realizarse exclusivamente con el vehículo estacionado”. Esto elimina las zonas grises que permitían a los conductores justificar el uso del móvil en situaciones de tránsito lento o detenciones momentáneas.
CONDUCTAS QUE SERÁN MOTIVO DE SANCIÓN INMEDIATA
El nuevo marco regulatorio busca erradicar cualquier factor que interrumpa la atención del automovilista. Entre las prohibiciones más destacadas que vigilará la policía de tránsito se encuentran:
- Uso de smartphones en cualquiera de sus funciones (navegación, música, chat).
- Ajuste manual de consolas de sonido o sistemas de video mientras se circula.
- Manipulación de dispositivos electrónicos en semáforos o embotellamientos.
Es fundamental recalcar que la única excepción válida ocurre cuando el vehículo está totalmente detenido en una zona segura y fuera de los carriles de circulación. Estar en un semáforo en rojo no exime al conductor de la multa si el motor está en marcha y el vehículo en la vía pública.
MULTAS SUPERAN LOS 4 MIL PESOS EN 2026
El costo de ignorar estas reglas representa un golpe directo al bolsillo. Las sanciones económicas se han fijado entre las 30 y 35 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Considerando que en este 2026 el valor de la UMA se sitúa en los 117 pesos, las multas oscilan entre los 3,519 y los 4,106 pesos mexicanos.
PÉRDIDA DE PUNTOS Y RETENCIÓN DE VEHÍCULOS
Más allá del pago monetario, el incumplimiento acarrea consecuencias administrativas graves que afectan el historial del conductor:
- Descuento de 3 puntos directos en la licencia de conducir.
- Retención de la unidad y traslado al depósito en situaciones de reincidencia.
- Complicaciones para realizar la verificación vehicular o renovación de documentos en caso de adeudos pendientes.
UNA MEDIDA URGENTE ANTE LA SINIESTRALIDAD
Este endurecimiento reglamentario no es arbitrario; responde a una crisis de seguridad vial documentada. Estadísticas oficiales revelan que los distractores, encabezados por el teléfono móvil, son responsables de un alto porcentaje de las fatalidades en accidentes de tránsito. La dependencia tecnológica y el hábito de consultar notificaciones han convertido a las calles de la capital en zonas de alto riesgo, lo que obligó a las autoridades a implementar una política de tolerancia cero.
PUNTOS CLAVE DE LA NUEVA NORMATIVA
- Prohibición absoluta: No se puede usar el celular ni manipular audio con el vehículo en movimiento.
- Costo de la infracción: Multas de hasta 4,106 pesos (35 UMA).
- Impacto en licencia: Se restan 3 puntos por cada infracción detectada.
- Semáforos: Está prohibido usar el teléfono incluso durante la luz roja.
- Recomendación: Configurar rutas de GPS y listas de reproducción antes de encender el motor.
- Seguridad: La medida busca reducir el índice de mortalidad por accidentes relacionados con distracciones tecnológicas.
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