Corte ‘noquea’ a Brugada; le quita poder para dar permisos de emergencia a negocios

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La SCJN quitó la facultad a Clara Brugada para dar permiisos establecimientos mercantiles en emergencia.

La SCJN quitó la facultad a Clara Brugada para dar permiisos establecimientos mercantiles en emergencia.

LANOTA.– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 4, fracción XIII bis de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, contenido en el Decreto publicado el 19 de enero de 2023 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Con esta resolución, la actual Jefa de Gobierno, Clara Brugada, pierde la facultad de otorgar permisos y autorizaciones a establecimientos mercantiles en situaciones de emergencia o caso fortuito.

IMPUGNACIÓN DE ALCALDÍAS Y ARGUMENTO CONSTITUCIONAL

Las Alcaldías Coyoacán, Miguel Hidalgo y Benito Juárez promovieron controversias constitucionales en contra del Decreto, argumentando que vulneraba la autonomía de las alcaldías, garantizada en el artículo 122 de la Constitución General.

El Pleno de la SCJN determinó que la norma reducía las atribuciones constitucionales de las alcaldías al limitar su facultad exclusiva de otorgar permisos, licencias y autorizaciones de funcionamiento a establecimientos mercantiles en casos extraordinarios. La Constitución de la Ciudad de México establece que esta función pertenece únicamente a las alcaldías, por lo que el Congreso local excedió sus facultades al transferir dicha competencia a la Jefatura de Gobierno.

ARGUMENTOS DE LOS MINISTROS

El Ministro Javier Laynez, quien presentó los proyectos, explicó que no está justificado trasladar al Gobierno central una facultad exclusiva de las Alcaldías. Además, la Ministra presidenta Norma Piña señaló que con la reforma se otorgó una atribución ilimitada y demasiado amplia a la Jefatura de Gobierno, lo que resultaba contrario al diseño constitucional de la Ciudad de México.

FALLO Y CONSECUENCIAS

El Congreso de la Ciudad de México había justificado la reforma argumentando que su objetivo era la reactivación económica a través de medidas de mejora regulatoria en situaciones de emergencia. Sin embargo, la SCJN determinó que esta justificación no era suficiente para reducir las facultades de las alcaldías.

Con esta decisión, la norma queda sin efecto y las alcaldías recuperan su atribución exclusiva para regular establecimientos mercantiles en casos extraordinarios. La invalidez surtirá efecto una vez que se notifique al Congreso de la Ciudad de México.

Este fallo representa un revés para el Gobierno de Clara Brugada, quien ahora carece de esta facultad, devolviendo el poder de decisión a las alcaldías en materia de permisos mercantiles en emergencias.

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