25/06/2026
LANOTA.- Un respiro para millones de usuarios de telefonía móvil llegó con el anuncio oficial de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), al confirmar una extensión en el periodo de gracia para el registro obligatorio de líneas celulares a nivel nacional. Sin embargo, esta prórroga abandona el esquema de una fecha única y generalizada, implementando en su lugar una estrategia de segmentación vinculada directamente a la terminación numérica de cada abono telefónico.
De acuerdo con el dictamen de las autoridades regulatorias, las líneas de prepago que hasta ahora no se han vinculado tendrán una fecha límite asignada conforme al último dígito del número telefónico. Esta medida busca ordenar el flujo de trámites mediante un esquema escalonado que abarcará desde el mes de agosto hasta el último día de diciembre del presente año 2026, forzando a los ciudadanos a gestionar la vinculación ante su respectivo operador móvil antes de su fecha correspondiente.
CALENDARIO OFICIAL DE REGISTRO: REVISA TU FECHA LÍMITE SEGÚN TU NÚMERO
La distribución de los plazos obligatorios se fijó de manera cronológica quincenal y mensual, respondiendo de forma estricta al último número de la combinación de tu línea celular. Las autoridades instan a la población a consultar a detalle este cronograma con el propósito de evitar aglomeraciones en los portales digitales o en los centros de atención física de las compañías telefónicas.
Para facilitar la consulta ciudadana y asegurar que los usuarios tomen previsiones de servicio, el calendario para que, entre agosto y diciembre, cada usuario realice la vinculación de su línea ante su empresa telefónica se estructuró detalladamente bajo el siguiente ordenamiento técnico:
- Las personas cuyo último dígito sea 0 tienen como fecha límite el 15 de agosto.
- Las que terminen en 1, el 31 de agosto.
- Las que terminen en 2, el 15 de septiembre.
- Las que terminen en 3, el 30 de septiembre.
- Las que terminen en 4, el 15 de octubre.
- Las que terminen en 5, el 31 de octubre.
- Las que terminen en 6, el 15 de noviembre.
- Las que terminen en 7, el 30 de noviembre.
- Las que terminen en 8, el 15 de diciembre.
- Las que terminen en 9, el 31 de diciembre.
CONSECUENCIAS INMEDIATAS: ¿QUÉ PASA SI SE VENCE MI PLAZO SIN REGISTRAR EL CHIP?
El reglamento emitido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones contempla sanciones inmediatas y severas para aquellos usuarios que ignoren su periodo de inscripción. Las empresas operadoras de servicios de comunicación móvil estarán legalmente facultadas y obligadas a actuar de forma inmediata, pues una vez vencido el plazo que corresponde a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de aquellas líneas que no hayan sido vinculadas en las siguientes 72 horas.
Durante este periodo de bloqueo preventivo por falta de registro, la tarjeta SIM quedará prácticamente inutilizada para la navegación o la comunicación cotidiana. El usuario final quedará restringido de manera temporal, de modo que sólo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo.
CÓMO RECONECTAR EL SERVICIO Y RESTABLECER TUS DATOS MÓVILES
A pesar de la rigidez de la suspensión, la CRT aclaró que la medida punitiva no significa la pérdida definitiva del número telefónico o del saldo acumulado de forma permanente. El mecanismo de sación está diseñado como un candado operativo reactivable, por lo que las funciones normales se restablecerán una vez que el titular cumpla con la entrega de su documentación.
El proceso de regularización obligará al afectado a comunicarse por las vías limitadas con su proveedor de telefonía para completar el formulario de identidad requerido. El beneficio es que, una vez que se vincule la línea, la compañía telefónica restablecerá todos los servicios (llamadas, mensajes y datos móviles) de forma automática, devolviendo la conectividad total al dispositivo en un lapso breve tras la validación de la información.
PUNTOS CLAVE
- Nueva modalidad de prórroga: La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones extendió el plazo para el registro de celulares bajo un esquema basado exclusivamente en el último dígito del número.
- Periodo de cobertura: El calendario oficial de vinculación inicia a mediados de agosto y concluye formalmente el 31 de diciembre.
- Corte del servicio: Aquellas líneas que no queden registradas sufrirán una suspensión del servicio telefónico en un lapso de 72 horas tras expirar su fecha límite.
- Funciones de emergencia activas: Los celulares suspendidos mantendrán habilitadas únicamente las llamadas a emergencias, atención ciudadana, soporte de su compañía y la recepción de alertas sísmicas.
- Restablecimiento automático: El acceso a llamadas, SMS y navegación de datos móviles se reactivará de forma inmediata una vez que el usuario concluya satisfactoriamente el proceso de vinculación de su chip.
Síguenos en @LaNotaDeMexico







