1/10/2026
LANOTA.MX.- En un fallo trascendental para la movilidad urbana y la seguridad vial de la capital del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la validez constitucional del sistema de fotomultas aplicado en la Ciudad de México.
Con una votación de seis votos contra dos, el máximo tribunal del país rechazó un proyecto que planteaba declarar inconstitucionales estas sanciones automatizadas, consolidando un precedente clave para la regulación del tránsito vehicular y el combate a la corrupción institucional.
EL RECHAZO AL PROYECTO Y EL DEBATE SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO
La discusión en el Pleno giró en torno a la propuesta presentada por el ministro Giovanni Figueroa, quien buscaba conceder un amparo al argumentar que las sanciones se aplican de manera directa al propietario registrado del automóvil, sin que la autoridad compruebe fehacientemente si era quien conducía la unidad al momento de cometerse la infracción.
El proyecto señalaba que la norma presuponía de forma automática que dueño y conductor eran la misma persona, afectando artículos del Reglamento de Tránsito y de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías para la Seguridad Ciudadana.
Sin embargo, la postura mayoritaria desestimó los argumentos del proyecto original. En la discusión intervino la ministra Lenia Batres, quien defendió la corresponsabilidad civil y administrativa de los propietarios, comparando la medida con la responsabilidad que recae sobre los dueños de inmuebles ante conductas ilícitas cometidas en sus propiedades.
Asimismo, Batres enfatizó que invalidar este mecanismo tecnológico significaría desproteger a la ciudadanía y abrir la puerta al regreso de prácticas de corrupción arraigadas durante décadas por parte de agentes de tránsito.
SEGURIDAD VIAL, ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTALIDAD Y EL CASO DEL INFRACTOR RECURRENTE
Durante el análisis del asunto, el ministro Arístides Guerrero aportó datos contundentes sobre la siniestralidad vial en la capital, recordando que entre 2018 y 2024 se documentó el fallecimiento de dos mil 401 personas a causa de incidentes de tránsito.
Al compartir su propia experiencia como víctima de un percance derivado del exceso de velocidad, Guerrero subrayó que la realidad de las calles impide desechar herramientas eficaces de control vehicular.
El debate cobró matices prácticos cuando se reveló que el ciudadano promovente del amparo acumulaba un historial de 13 multas de tránsito, pretendiendo trasladar a las instituciones públicas la carga probatoria de demostrar en cada ocasión la identidad exacta del conductor.
En este sentido, el presidente de la sesión, Hugo Aguilar, respaldó la necesidad de mantener vigentes las sanciones automatizadas frente al uso abusivo de los recursos legales por parte de infractores recurrentes.
FIGURAS JURÍDICAS Y LA VÍA DE IMPUGNACIÓN ANTE TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
En la búsqueda de alternativas jurídicas, la ministra Sara Herrerías propuso conceptualizar a los propietarios de los vehículos bajo la figura de obligados solidarios de las infracciones cometidas; no obstante, el ministro proyectista rechazó la adición al tratarse de una figura propia del derecho civil e inaplicable de manera estricta en el ámbito administrativo sancionador. Superada esta discrepancia y tras desechar el proyecto inicial, el Pleno aprobó una propuesta alterna presentada por la propia Herrerías para negar el amparo al quejoso.
Finalmente, los integrantes de la Suprema Corte recordaron que, si bien el sistema automatizado no contempla un derecho de audiencia previo a la emisión de la boleta de sanción, los automovilistas conservan plenamente su derecho constitucional de defensa.
Las y los ministros señalaron que cualquier sanción impuesta mediante cámaras y radares puede ser combatida y revisada posteriormente ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
PUNTOS CLAVE
- Resolución judicial: La SCJN avaló por seis votos contra dos la constitucionalidad de las fotomultas en la Ciudad de México, rechazando el proyecto que buscaba declararlas inválidas.
- Criterio de responsabilidad: La mayoría determinó que el esquema de sanciones al propietario del vehículo es válido y necesario para inhibir conductas infractoras y actos de corrupción de agentes viales.
- Argumentos de seguridad: Ministros destacaron estadísticas de mortalidad por accidentes de tránsito y señalaron que el quejoso acumulaba 13 multas previas.
- Derecho de defensa: El Pleno recordó que, aunque no existe audiencia previa, los ciudadanos pueden impugnar legalmente las fotomultas ante el Tribunal de Justicia Administrativa.
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