LANOTA.- La Corte Suprema de Estados Unidos abrió la puerta este jueves para que el expresidente Donald Trump continúe su ofensiva contra la ciudadanía automática por nacimiento, al emitir un fallo que, sin validar el fondo de su propuesta, limita el poder de los jueces federales para frenar su aplicación a nivel nacional.
Con una votación dividida de 6 a 3 —marcada por la mayoría conservadora del tribunal—, la Corte resolvió que los jueces federales no pueden imponer suspensiones judiciales que bloqueen de forma generalizada las órdenes del Ejecutivo. En cambio, esas medidas cautelares deberán dirigirse exclusivamente a las personas o grupos que presentaron las demandas correspondientes.
La decisión deja en claro que el tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad de la orden ejecutiva de Trump, que busca cambiar un principio básico del derecho estadounidense: la ciudadanía por nacimiento. En otras palabras, la Corte no avaló la medida, pero tampoco la invalidó.
¿QUÉ IMPLICA ESTA DECISIÓN?
En la práctica, el fallo permite que la administración de Trump —que aún continúa activa en procesos administrativos iniciados durante su mandato— comience a implementar la orden en aquellos estados donde no existan impugnaciones vigentes. Sin embargo, no entrará en vigor de inmediato. El gobierno federal tiene un plazo de 30 días para poner en marcha la política, periodo en el cual se espera una nueva ola de litigios en cortes locales y federales.
Los grupos que ya habían presentado demandas podrán seguir litigando, pero con limitaciones en el alcance de sus medidas cautelares. Ya no podrán suspender la política en todo el país, como lo habían hecho jueces en Maryland, Massachusetts y Washington, cuyos fallos quedaron parcialmente debilitados con esta resolución.
¿QUÉ ES LA CIUDADANÍA POR NACIMIENTO?
El principio de jus soli —“derecho de suelo”— está consagrado en la 14ª Enmienda de la Constitución de EE. UU., y establece que toda persona nacida en territorio estadounidense tiene derecho a la ciudadanía, sin importar el estatus migratorio de sus padres.
Se trata de un derecho que ha estado vigente por más de 150 años y ha sido defendido por juristas de todas las corrientes ideológicas. Sin embargo, la administración Trump ha buscado reinterpretarlo con una lógica restrictiva: solo los hijos de ciudadanos o residentes permanentes legales tendrían derecho a ser considerados estadounidenses desde el nacimiento.
La orden también excluye a hijos de personas con estatus migratorio temporal —como visas de trabajo o estudio—, e incluso a aquellos que tengan un progenitor legalmente en el país, pero no ambos.
UN TRIBUNAL DIVIDIDO
El fallo dejó al descubierto las profundas divisiones ideológicas dentro de la Suprema Corte. La jueza Amy Coney Barrett, quien redactó la opinión de la mayoría, argumentó que no corresponde al Poder Judicial responder a los excesos del Ejecutivo con excesos propios: “Cuando un tribunal concluye que el poder ejecutivo ha actuado ilegalmente, la solución no es que el tribunal también se exceda en sus facultades”.
Del otro lado, las juezas Ketanji Brown Jackson y Sonia Sotomayor expresaron un fuerte rechazo a la decisión. Jackson advirtió que la resolución representa una “amenaza existencial para el Estado de derecho”, mientras que Sotomayor calificó como “vergonzosa” la postura del tribunal por permitir el avance de una medida que, según ella, tiene visos inconstitucionales: “La astucia en esta solicitud es evidente y el gobierno no intenta ocultarla”.
¿QUÉ SIGUE?
Aunque este fallo le da a Trump una victoria procesal importante, la batalla de fondo aún no se ha resuelto. La validez constitucional del plan —es decir, si puede o no restringirse la ciudadanía por nacimiento— seguirá siendo motivo de intensos litigios, que probablemente regresen a la propia Suprema Corte en el futuro.
Lo que está en juego no es menor: el principio que define quién tiene derecho a ser ciudadano en Estados Unidos, y que ha sido pilar del sistema constitucional desde el siglo XIX.
La última palabra, todavía, no está dicha.
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