Ni velorio, ni despedida: la mujer que perdió a su madre dos veces por culpa del IMSS

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Negligencia en el IMSS.

LANOTA.- La primera vez que perdió a su madre fue por el Covid-19. La segunda, por negligencia.

Era 29 de septiembre de 2020, y en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 1 del IMSS en Quintana Roo, una mujer esperaba recibir el cuerpo de su madre fallecida. Ya vivía el dolor más profundo imaginable. Pero no sabía que lo peor aún estaba por suceder.

Cuando preguntó por el cuerpo para iniciar los preparativos del velorio, le dijeron que ya lo habían entregado… a otra familia. Su madre había “desaparecido”, como si fuera una pertenencia más en un almacén sin control. Como si no fuera una persona. Como si su vida —y su muerte— no importaran.

Fue un error del IMSS. Uno de esos que no deberían ocurrir jamás.

UN DUELO ROTO

La mujer no pudo llorarla frente a su ataúd, ni vestirla con su ropa favorita, ni rezar junto a su cuerpo. No pudo cerrar el ciclo. Le arrebataron el derecho a despedirse, a rezar por su alma, a enterrar con dignidad a quien le dio la vida. Su duelo quedó roto, incompleto, suspendido en un vacío al que nadie —salvo ella— pareció darle importancia.

SILENCIO INSTITUCIONAL

Meses después, ya sin respuestas ni consuelo, presentó formalmente una solicitud de reparación por daño moral. El IMSS la ignoró. Ni siquiera se molestó en responder.

Entonces vino lo impensable: tuvo que emprender una batalla legal para exigir lo que debió ser evidente desde el principio. Que sí, hubo daño. Que sí, hubo dolor. Que sí, el IMSS fue responsable.

El caso fue desechado una y otra vez. Tribunales inferiores no vieron afectación suficiente. Para ellos, perder el cuerpo de tu madre no es razón para recibir justicia.

Pero ella no se rindió.

LA JUSTICIA TARDA, PERO LLEGA

Cinco años después, el 26 de marzo de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio la razón. Reconoció el error del IMSS y, más aún, reconoció algo mucho más profundo: el dolor no necesita comprobarse con papeles cuando es evidente en los hechos.

La Corte resolvió que privarla del ritual funerario y religioso, en un momento en que el mundo entero lloraba pérdidas por la pandemia, sí constituye un daño moral. Que hay derechos invisibles pero fundamentales: la fe, el duelo, la despedida.

Y que el IMSS deberá pagar por haberlos destrozado.

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